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Textos Adoptados
Aprobado2025-04-03

El Parlamento Europeo aplaza las obligaciones de sostenibilidad para las empresas

10e legislatura · TA-10-2025-0064
Texto adoptado
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Texto oficial
Explicación detallada

Comprender el texto adoptado

En resumen

El 3 de abril de 2025, el Parlamento Europeo adoptó una directiva que retrasa las fechas de aplicación de ciertas obligaciones en materia de publicación de información sobre sostenibilidad y deber de diligencia para las empresas. Esta decisión pretende dar más tiempo a las empresas para prepararse para las nuevas normas, manteniendo al mismo tiempo los objetivos medioambientales y sociales de la UE.

Contexto

La Unión Europea ha adoptado en los últimos años dos directivas importantes: la Directiva sobre publicación de información en materia de sostenibilidad por parte de las empresas (CSRD, Directiva 2022/2464) y la Directiva sobre deber de diligencia de las empresas en materia de sostenibilidad (CSDDD, Directiva 2024/1760). La CSRD obliga a las grandes empresas a publicar información sobre su impacto medioambiental y social, mientras que la CSDDD les exige identificar y prevenir las violaciones de los derechos humanos y el medio ambiente en su cadena de suministro. Inicialmente, los Estados miembros debían transponer estas directivas a su derecho nacional a partir de 2025-2026. Ante las dificultades prácticas encontradas por las empresas, la Comisión Europea propuso un aplazamiento de los plazos.

Lo que se ha decidido

El Parlamento Europeo aprobó la propuesta de la Comisión de retrasar dos años las fechas de aplicación para ciertas categorías de empresas. Concretamente:

  • Para la CSRD: las empresas ya sujetas a la directiva (grandes empresas cotizadas y no cotizadas) deberán aplicar las normas a partir de 2027 en lugar de 2025; las pequeñas y medianas empresas (PYME) cotizadas tendrán hasta 2028 en lugar de 2026.
  • Para la CSDDD: las obligaciones de deber de diligencia para las empresas más grandes (más de 5 000 empleados) se aplicarán a partir de 2028 en lugar de 2027; las demás grandes empresas (más de 1 000 empleados) a partir de 2029 en lugar de 2028.

El texto adoptado es el resultado de un acuerdo entre el Parlamento y el Consejo (los Estados miembros), lo que significa que se trata de la versión final de la Directiva (UE) 2025/794. Los Estados miembros deberán transponer estas nuevas fechas a su derecho nacional antes de un plazo determinado.

Resultado de la votación

La propuesta fue adoptada sin votación nominal, lo que indica un amplio consenso. No se dispone de detalles sobre el número de votos a favor, en contra o abstenciones.

Lo que esto significa para los ciudadanos

Para los ciudadanos europeos, este aplazamiento significa que la información sobre la sostenibilidad de las empresas (como su huella de carbono o sus prácticas sociales) estará disponible un poco más tarde de lo previsto. Sin embargo, los objetivos de las directivas permanecen inalterados: a largo plazo, las empresas deberán ser más transparentes y responsables. Los consumidores podrán así tomar decisiones más informadas, y los trabajadores y comunidades locales estarán mejor protegidos contra los abusos. Este plazo adicional permite a las empresas prepararse sin prisas, lo que debería mejorar la calidad de los informes y reducir las cargas administrativas.

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