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Textos Adoptados
Aprobado2025-04-02

Reglamento sobre documentos de identidad y protección de datos biométricos

10e legislatura · TA-10-2025-0056
Texto adoptado
A favor
377
56%
En contra
279
42%
Abstención
16
2%
No votó
0
0%
Texto oficial
Explicación detallada

Comprender el texto adoptado

El Parlamento Europeo ha adoptado una posición sobre una propuesta de reglamento que establece normas para los documentos de identidad de los ciudadanos de la UE. El texto trata sobre la recogida y almacenamiento de datos biométricos, en el contexto de la creciente importancia de la identidad digital. Todos los ciudadanos de la UE que posean o vayan a obtener documentos de identidad se ven afectados por estas nuevas disposiciones.

Contexto y objetivos

La propuesta se basa en el artículo 77 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y pretende modernizar los sistemas de identidad nacionales. Los objetivos principales incluyen mejorar la seguridad de los documentos, garantizar la protección de datos personales y armonizar las prácticas entre los Estados miembros en el ámbito de la identificación biométrica.

Medidas clave

  • Almacenamiento de datos biométricos (huellas dactilares e imágenes faciales) en soportes electrónicos seguros
  • Acceso restringido a los datos biométricos solo para personal autorizado
  • Formación especializada para la recogida de datos de niños y personas vulnerables
  • Uso de códigos F, M o X para el género conforme a las normas de la OACI
  • Supervisión estricta de los proveedores externos que procesan los datos
  • Informes periódicos de evaluación de la implementación

Calendario y aplicación

El reglamento entrará en vigor en la fecha establecida por el Consejo. La Comisión Europea informará sobre la aplicación a los 2 y 11 años de su entrada en vigor, y posteriormente cada 6 años. Las autoridades nacionales competentes serán responsables de aplicar las medidas, bajo la supervisión de las autoridades de protección de datos.

Impacto para ciudadanos y actores

Los ciudadanos se beneficiarán de documentos de identidad más seguros y una mejor protección de datos personales. Las autoridades nacionales deberán modernizar sus sistemas, y las empresas privadas que utilicen los datos estarán sujetas a normas estrictas. Se presta especial atención al respeto de los principios de necesidad y proporcionalidad en el tratamiento de datos biométricos.

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