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Textos Adoptados
Aprobado2026-09-16Asuntos exteriores y defensa

El Parlamento aprueba el acuerdo UE-Reino Unido sobre cooperación en materia de competencia

Texto adoptado
A favor64095 %
En contra51 %
Abstención264 %
No votó00 %
Explicación detallada

Comprender el texto adoptado

En resumen

El Parlamento Europeo ha aprobado la celebración del acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido relativo a la cooperación en la aplicación de su respectivo Derecho de la competencia. Ha seguido la propuesta de la Comisión, que había negociado este acuerdo. El texto queda ahora adoptado por parte del Parlamento; se convertirá en ley tras su publicación oficial.

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Contexto

La Unión Europea y el Reino Unido han negociado un acuerdo para cooperar en la aplicación de sus respectivas normas de competencia. Este acuerdo tiene por objeto permitir a las autoridades de la competencia de ambas partes intercambiar información y coordinar sus actuaciones cuando las empresas operan en ambos mercados. La Comisión negoció y propuso celebrar este acuerdo, y pidió al Parlamento Europeo que diera su aprobación. El Consejo ya había transmitido su solicitud de aprobación al Parlamento.

02

Lo que se decidió

  1. 1

    Aprobación del acuerdoEl Parlamento da su aprobación a la celebración del acuerdo entre la Unión Europea y el Reino Unido sobre la cooperación en materia de aplicación de su respectivo Derecho de la competencia.

  2. 2

    Transmisión de la posiciónSe encarga a la Presidenta del Parlamento transmitir la posición del Parlamento al Consejo, a la Comisión, así como a los gobiernos y parlamentos de los Estados miembros y del Reino Unido.

  3. 3

    Ninguna modificación del textoEl Parlamento no ha introducido ninguna modificación en el acuerdo: votó a favor o en contra del texto tal como fue negociado, sin proponer enmiendas.

03

Resultado de la votación

640A favor5En contra26Abstención

La votación fue aprobada por 640 votos a favor, 5 votos en contra y 26 abstenciones.

04

Qué significa esto para los ciudadanos

Este acuerdo permitirá a las autoridades de la competencia de la UE y del Reino Unido cooperar más estrechamente. En concreto, cuando una empresa sea sospechosa de prácticas anticompetitivas que afecten tanto al mercado europeo como al británico, ambas autoridades podrán intercambiar información y coordinar sus investigaciones. Esto debería hacer más eficaces las investigaciones y evitar que las conductas anticompetitivas pasen entre las mallas de la red. Para los ciudadanos, esto significa una mejor protección contra los abusos de posición dominante y los cárteles, que pueden hacer subir los precios. El acuerdo no crea nuevas normas de competencia: organiza la cooperación entre las autoridades existentes.

Opinion & analysis

Competencia: el Parlamento aprueba la cooperación UE-Reino Unido sin cambiar nada

El Parlamento Europeo dio su visto bueno, con 640 votos a favor, 5 en contra y 26 abstenciones, al acuerdo que organiza la cooperación entre las autoridades de competencia de la Unión y del Reino Unido. No enmendó nada: aprobó el texto tal como lo negoció la Comisión. Un voto masivo que oculta una cuestión de fondo: ¿hace este acuerdo más libres los mercados, o añade una capa de burocracia sin tocar las verdaderas barreras?

Lo esencial

  • El Parlamento aprueba la celebración del acuerdo UE-Reino Unido sobre la cooperación en materia de derecho de la competencia, sin enmiendas.
  • El acuerdo permite a las autoridades de competencia de ambas partes intercambiar información y coordinar sus investigaciones sobre las empresas activas en los dos mercados.
  • El texto no crea nuevas normas de competencia: organiza la cooperación entre autoridades existentes.
  • La Presidenta del Parlamento transmitirá la posición al Consejo, a la Comisión y a los gobiernos y parlamentos de los Estados miembros y del Reino Unido.

Una cooperación útil, pero no una liberación

El acuerdo permitirá a las autoridades de competencia de la UE y del Reino Unido intercambiar información y coordinar sus acciones cuando una empresa sea sospechosa de prácticas anticompetitivas que afecten a ambos mercados. En concreto, las investigaciones deberían ser más eficaces y los comportamientos anticompetitivos menos susceptibles de escapar a los controles. Para los ciudadanos, es una mayor protección contra los cárteles y los abusos de posición dominante, que hacen subir los precios.

Pero hay que ser claros: este acuerdo no crea ninguna norma de competencia nueva. No elimina ninguna barrera de entrada, no reduce ninguna carga administrativa para las empresas que quieren desarrollarse en Europa. Añade un canal de comunicación entre burocracias. Es útil, pero no es una política de competencia orientada al crecimiento. Un enfoque realmente liberal habría aprovechado la ocasión para plantear una pregunta simple: ¿por qué las empresas deben seguir soportando procedimientos de autorización pesados y fragmentados para operar en los dos mercados?

El coste de la lentitud y la ocasión perdida

La cooperación entre autoridades puede reducir los plazos de investigación, pero solo agiliza un sistema que sigue estando fundamentalmente definido por los legisladores nacionales y europeos. El verdadero desafío para los empresarios no es la coordinación de las investigaciones, es la previsibilidad y la rapidez de las decisiones. Cada mes de incertidumbre regulatoria es un proyecto de inversión aplazado, una contratación diferida, un mercado no conquistado.

El Parlamento habría podido aprovechar este voto para exigir a la Comisión un informe sobre los obstáculos concretos a la competencia transfronteriza, o para condicionar su aprobación a compromisos de simplificación. No lo hizo. Aprobó, punto. No es un escándalo, pero es una ocasión perdida de recordar que la competencia no es solo un asunto de gendarmes, sino ante todo un marco que permite a nuevos actores entrar y prosperar.

Una cooperación entre gendarmes no sustituye una política que abre los mercados.

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